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Preguntas frecuentes
¿Es necesario incluir los CDA en la declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720)?
Sí, siempre que se superen los umbrales previstos en la normativa del modelo 720.
Los CDA son instrumentos financieros emitidos y gestionados en Holanda, la sucursal española de Triodos Bank se limita a la comercialización de los mismos. A estos efectos, el contribuyente deberá incluir en el modelo 720 los CDA y cualquier otro valor y derecho situado en el extranjero si:
(i) El valor de los CDA de forma individual o con cualquier otro valor o derecho situado en el extranjero supera los 50.000 € (si no se hubiese presentado modelo 720 con anterioridad) o,
(ii) El valor de los CDA sufre una variación superior a 20.000 € (desde la última vez que el contribuyente estuvo obligado a la presentación del modelo 720).
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