Son medidas restrictivas impuestas por gobiernos y organismos internacionales en respuesta a violaciones, o amenazas a la paz y la seguridad internacionales. Su objetivo es modificar el comportamiento de un país, gobierno, organización o persona.
Estas medidas pueden adoptar varias formas, entre ellas restricciones financieras o comerciales, bloqueo de activos y prohibiciones de viaje. Pueden aplicarse a países o territorios enteros, a organizaciones específicas, a personas designadas o a bienes definidos como de doble uso para fines militares. El incumplimiento de las sanciones constituye una infracción grave y puede tener consecuencias legales, financieras y reputacionales significativas.
El incumplimiento incluye también la elusión deliberada o indirecta de las sanciones. Triodos Bank no solo realiza controles sobre coincidencias directas en listas de sanciones, sino que también detecta patrones que puedan indicar un intento de eludir las sanciones (por ejemplo, rutas de pago inusuales, estructuras intermediadas o la intervención de contrapartes en jurisdicciones de mayor riesgo). La elusión intencionada de las sanciones puede constituir una infracción grave con consecuencias legales y económicas significativas, y en determinados casos puede dar lugar a responsabilidad penal.
Las sanciones son emitidas por organismos como la Unión Europea, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, los Estados Unidos (OFAC) y el Reino Unido (OFSI/HMT), y se integran en la legislación nacional. En España, el marco principal está constituido por la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, y su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, sin perjuicio de la aplicación directa de los reglamentos de la Unión Europea en materia de sanciones. Las entidades financieras, incluido Triodos Bank, están legalmente obligadas a cumplir esta normativa.