¿Está Triodos Bank adscrito al Código de Buenas Prácticas en relación a la concesión de préstamos e hipotecas?

En Triodos Bank nos acogemos al Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual.

El Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, modificado por la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, establece una serie de mecanismos dirigidos a permitir la reestructuración de la deuda hipotecaria de quienes padecen extraordinarias dificultades para atender su pago. Dentro del marco de la referida normativa, se ha incorporado un código de buenas prácticas al que pueden adherirse voluntariamente las entidades de crédito o de cualquier otra entidad que, de manera profesional, realice la actividad de concesión de préstamos o créditos hipotecarios.

Por tanto, en el ámbito de personas físicas, quienes tengan suscritos con nosotros contratos de préstamo o crédito garantizados con una hipoteca sobre su vivienda habitual, que se encuentren en el umbral de exclusión y cumplan las exigencias y condiciones establecidas en el Artículo 2, Artículo 3 y Artículo 5.2 del Real Decreto-Ley 6/2012, podrán acogerse a este código y solicitar al banco su aplicación.

En este enlace podrás encontrar más información relacionada con el Código de Buenas Prácticas.

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