¿Cuándo puedo cobrar mis intereses?

Al vencimiento, con una liquidación de intereses anual.

En caso de cancelación anticipada de un depósito, y con independencia de la aplicación de la comisión correspondiente, la liquidación de los intereses se efectuará por el periodo transcurrido desde la última fecha de abono de intereses o desde su apertura, en su caso, hasta la fecha de cancelación.

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